Ley 2/2023 sobre la transparencia empresarial y la implementación del canal ético

Ley 2/2023 sobre la transparencia empresarial y la implementación del canal ético

Mateos Legal despacho de abogados y economistas con visión integral

El pasado 1 de diciembre de 2023 entró en vigor la obligación de que todas las organizaciones con más de 50 trabajadores dispongan de un canal ético, según lo establecido por la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

¿Qué es un canal ético y para qué sirve?

Un canal ético es un sistema de comunicación interna que permite que cualquier persona de la empresa o vinculada a ella pueda comunicar o denunciar conductas irregulares o ilícitas que se produzcan dentro de la propia empresa. 

A diferencia de un canal de denuncias, el canal ético permite que cualquier persona que tenga o haya tenido algún tipo de relación con la empresa, pueda enviar una denuncia a través de este. Es decir, que aparte de empleados, el reglamento del canal de denuncias puede ser usado por exempleados, becarios, voluntarios, trabajadores en prácticas, candidatos a un puesto de trabajo, accionistas, trabajadores autónomos o proveedores.

Estas conductas pueden afectar al cumplimiento de la normativa legal, al código ético de la organización o a los principios de responsabilidad social corporativa.

El objetivo de un canal ético es prevenir y detectar posibles riesgos legales, reputacionales o financieros que puedan afectar a la empresa, así como fomentar una cultura de integridad, transparencia y confianza entre los trabajadores y los grupos de interés. 

Además, un canal ético contribuye a demostrar que la empresa no participa ni tolera las infracciones cometidas por algún empleado o colaborador, lo que puede evitar o atenuar posibles sanciones o responsabilidades civiles o penales.

¿Cómo implementar un canal ético en su empresa?

Para que un canal ético sea eficaz y cumpla con la normativa vigente, debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Debe garantizar el anonimato y la confidencialidad de los denunciantes, así como la protección de sus datos personales y los de las personas denunciadas.
  • Debe estar accesible para todos los trabajadores y colaboradores, así como para terceros que tengan relación con ella, como clientes, proveedores o accionistas.
  • Debe contar con un procedimiento claro y ágil de recepción, gestión y resolución de las denuncias, así como con un órgano independiente y especializado que se encargue de su análisis y seguimiento.
  • Debe estar respaldado por una política de no represalias ni discriminación hacia los denunciantes, así como por medidas disciplinarias o correctivas para los infractores.
  • Debe estar integrado en el sistema de compliance de la empresa, y ser objeto de una difusión, formación y evaluación periódica.


En Mateos Legal somos expertos en asesoramiento legal y fiscal para empresas y directivos, y podemos ayudarle a implementar un canal ético en su organización, adaptado a sus necesidades y a la normativa aplicable. 


Contamos con un equipo multidisciplinar de profesionales del derecho especialistas en Derecho Civil, Mercantil, Compliance, Laboral, Fiscal y Administrativo. Estamos a su disposición para solucionar cualquier duda o aclaración acerca de esta Ley o para cualquier consulta que tenga acerca de derecho Mercantil y Compliance.

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