Introducción
El día 29 de diciembre de 2021 se ha publicado en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022.
A continuación, resumimos los cambios más importantes en materia tributaria.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Reducciones de la base imponible por aportaciones a sistemas de previsión social (aplica en 2022).
La reducción de la base imponible de las aportaciones de los partícipes a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, las primas a los planes de previsión asegurados, las aportaciones del trabajador a los planes de previsión social empresarial y las primas satisfechas a determinados seguros privados, como es sabido, no podrá superar el 30 por 100 de la suma de rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidas en el ejercicio, y este límite seguirá igual, pero, a partir de 2022, se rebaja el límite absoluto a 1.500€ de aportación máxima (2.000€ en 2021).
Sin embargo, se incrementa, de 8.000 a 8.500€ la reducción max1ma de las aportaciones empresariales a estos sistemas de previsión social, permitiéndose, como novedad, aportaciones del trabajador, dentro de este sublímite, al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a la contribución empresarial.
A estos efectos, las cantidades aportadas por la empresa que deriven de una decisión del trabajador tendrán la consideración de aportaciones del trabajador. En caso de que existan estas aportaciones empresariales, y no lleguen a dicho limite, el trabajador podrá aportar también al plan de empleo, hasta completar los 8.500€, siempre que su aportación no supere a la del empleador. Por lo tanto, el máximo de aportación a un plan individual será de 1.500€ pero, cuando exista un plan de empleo, el trabajador podrá reducirse una aportación de 1.500€ más un máximo de 4.250€, siempre que la empresa haya aportado otro tanto.